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Convocatoria Pública Dirección Ejecutiva

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Categoría: Noticias
Creado: Martes, 07, Abril 2015 14:43
Visitas: 7940

Dirección Ejecutiva

Luego de evaluar comparativamente las hojas de vida enviadas por los aspirantes que respondieron a la convocatoria pública divulgada en www.sinpro.org.co para llenar la vacante de Dirección Ejecutiva  de SINPRO (Sindicato de Industria de los Trabajadores Profesionales de las Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios, Complementarios y Conexos), de acuerdo con nuestros Estatutos.

 

La comisión temporal nombrada por la Junta Directiva para estudiar las propuestas, eligió 3 para iniciar el proceso de selección con la empresa Caza talentos  360 Consultores de Gestión Humana, que luego de presentar las pruebas y entrevistas se declara desierto el proceso.

 

Gracias a los participantes.

 


Conozca la convocatoria

MISIÓN DEL CARGO:

Liderar, planear, coordinar y controlar la ejecución de las actividades relacionadas con el desarrollo de las estrategias definidas por la Junta Directiva para el crecimiento y desarrollo de la organización sindical; con la prestación del servicio a los afiliados; con la gestión del recurso humano de la oficina; con la efectividad de la logística y la operación propias de la organización; y con el pleno cumplimiento de los requerimientos legales.

 

FUNCIONES DEL CARGO:

  • - Gestionar relaciones internas 
  • - Gestionar el crecimiento de SINPRO  
  • - Gestionar el conocimiento en temas sindicales y de su entorno
  • - Gestionar calidad de empleo
  • - Gestionar servicios para los Afiliados
  • - Gestionar logística para las actividades propias de SINPRO
  • - Desarrollar gestión interna

 

REQUISITOS

  • - Título profesional universitario
  • - Conocimiento de temas sindicales y de regulación y normatividad laboral
  • - Conocimientos de temas de servicios públicos (modelos de negocio, regulación, normatividad,…). 

 

PLAZO PARA PRESENTACIÓN HOJA DE VIDA:

Hasta el 23 de mayo de 2015  a las 5:00 p.m. El interesado deberá entregar su hoja de vida debidamente sellada en sobre (Carrera 43 A # 17 - 106 Edifcio Latitude - oficina: 705) o en medio magnético a Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Necesita activar JavaScript para visualizarla.. Encima de la hoja de vida se dejará constancia del nombre del depositante, la fecha y hora exacta en que se presentó la hoja de vida.

 

PRESENTACIÓN DE LA HOJA DE VIDA

La hoja de vida no debe presentar enmendaduras, información contradictoria, ambigua o confusa. No se permitirá el retiro de documentos durante el proceso de selección.

 

DOCUMENTOS QUE DEBE PRESENTAR POSTERIOR A LA ENTREVISTA

  • - Carta de presentación de la propuesta que incluya la manifestación expresa de no estar incurso en ninguna incompatibilidad para celebrar el contrato.
  • - Fotocopia de la cédula de ciudadanía
  • - Si ha ejercido como empleado público en los últimos 5 años, anexar certificado de antecedentes disciplinarios. Si no lo ha sido, declararlo.
  • - Fotocopia de título profesional  
  • - Certificación de experiencias

 

INCOMPATIBILIDADES

  • - Ser empleado de SINPRO o de alguna de las empresas en las que SINPRO tiene afiliados
  • - Estar ligado por matrimonio o parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad, primero civil o segundo de afinidad, que sean consocios de los miembros de Junta Directiva, Delegados y del personal de SINPRO.

 

APERTURA, ESTUDIO Y SELECCIÓN DE LAS PROPUESTAS

- Las hojas de vida serán abiertas, estudiadas y seleccionadas por los miembros de la Junta Directiva. 

- La citación para entrevista será enviada a los correos de los seleccionados y se publicará en esta misma sesión el nombre del elegido.

SINPRO en Pacto Global

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Categoría: Noticias
Creado: Martes, 27, Enero 2015 17:00
Visitas: 6904

pacto

SINPRO es la primera organización sindical de Colombia y una de las primeras de América Latina a la que se acepta por parte de la ONU su adhesión a Pacto Global. Esto implica que el Sindicato de Profesionales de EPM y UNE el  apoyo, promoción e implantación en sus acciones de los 10 principios del Pacto Global, promovidos por la Organización de Naciones Unidas (ONU) y la Foundation for the Global Compact, relacionados con los derechos humanos, el trabajo, el medio ambiente y la corrupción. 


Uno de los compromisos de adherir a Pacto Global, es el envío anual de una comunicación en la que se describen los esfuerzos de SINPRO para implementar los 10 principios, insertados en la filosofía y en cada una de las acciones estratégicas del Sindicato, como parte de un nuevo sindicalismo en Colombia.


Empresas Públicas de Medellín (EPM), su filial Edeq, UNE, Empresas Varias de Medellín (EVM) y Colombia Móvil (de la cual es socia EPM) hacen parte, junto con SINPRO de las 376 organizaciones colombianas y las cerca de 10 mil mundiales adheridas a Pacto Global.

Informe Pacto global

 

Los Diez Principios del Pacto Global

Derechos Humanos

• Principio Nº 1. Apoyar y respetar la protección de los derechos humanos.

• Principio Nº 2. No ser cómplice de abusos de los derechos.

Ámbito laboral

• Principio Nº 3. Apoyar los principios de la libertad de asociación y sindical y el derecho a la negociación colectiva.

• Principio Nº 4. Eliminar el trabajo forzoso y obligatorio.

• Principio Nº 5. Abolir cualquier forma de trabajo infantil.

• Principio Nº 6. Eliminar la discriminación en materia de empleo y ocupación.

Medio Ambiente

• Principio Nº 7. Apoyar el enfoque preventivo frente a los retos medioambientales.

• Principio Nº 8. Promover mayor responsabilidad medioambiental.

• Principio Nº 9. Alentar el desarrollo y la difusión de tecnologías respetuosas del medio ambiente.

Anti – Corrupción

• Principio Nº 10. Las empresas deberán trabajar contra la corrupción en todas sus formas, incluidas extorsión y criminalidad.

Afiliados en 4 empresas

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Categoría: Noticias
Creado: Martes, 27, Enero 2015 16:38
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En 2002, SINPRO nación con 222 afiliados y afiliadas de EPM, que le dieron vida al Sindicato, en ese entonces llamado SINPROEEPPM. Tras la escisión del negocio de las telecomunicaciones, el número de integrantes a nuestra organización creció con los nuevos afiliados de UNE EPM Telecomunicaciones. En 2014, con la afiliación de trabajadores deEPM Inversiones y de la estatal Aguas de Barrancabermeja S.A., no solo seguimos creciendo en el número de afiliados sino de empresas en las que éstos laboran. Son 4 empresas y cerca de 3.500 afiliados y afiliadas que comparten nuestra filosofía.

Para los próximos años SINPRO espera abrir sus horizontes a empresas de servicios públicos domiciliarios, complementarios y conexos, más allá de las que hacen parte del Grupo Empresarial EPM.

Negociación, paso clave para acuerdos colectivos

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Categoría: Noticias
Creado: Martes, 27, Enero 2015 16:51
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Qué es una negociación colectiva, el significado de contrato colectivo y su carácter vinculante y los fines de las negociaciones colectivas, son algunos temas fundamentales que trata el documento de la Escuela Nacional Sindical “Estrategias Sindicales, fortalecimiento de la capacidad negociadora de los sindicatos”, que da luces sobre este proceso, clave en el trabajo de los sindicatos para establecer la relación trabajadores – empleadores. Ver documento completo en PDF.

El artículo 2 del Convenio 154 adoptado por la Organización Internacional del Trabajo, OIT, indica que la negociación colectiva son “todas las negociaciones que tienen lugar entre un empleador, un grupo de empleadores o una organización o varias organizaciones de empleadores, por una parte, y una o varias organizaciones de trabajadores, por otra, con el fin de: a) fijar las condiciones de trabajo y empleo, o b) regular las relaciones entre empleadores y trabajadores, o c) regular relaciones entre empleadores y sus organizaciones y una organización o varias organizaciones de trabajadores, o lograr todos estos fines a la vez”.

 

El contrato colectivo, por su parte, se define en la Recomendación 91 de la OIT como todo acuerdo escrito relativo a las condiciones de trabajo y de empleo, celebrado entre un empleador, un grupo de empleadores o una o varias organizaciones de empleadores, por una parte, y, por otra, una o varias organizaciones representativas de trabajadores o, en ausencia de tales organizaciones, representantes de los trabajadores interesados, debidamente elegidos y autorizados por estos últimos, de acuerdo con la legislación nacional.

Esta misma recomendación indica que, “todo contrato colectivo debería obligar a sus firmantes, así como a las personas en cuyo nombre se celebre el contrato”. Además, que las disposiciones de los contratos de trabajo contrarias al contrato colectivo no se tienen en cuenta: “deberían considerarse como nulas y sustituirse de oficio por las disposiciones correspondientes del contrato colectivo”. Sin embargo, las mismas disposiciones plantean el principio de favorabilidad, según el cual no obsta a que “las disposiciones de los contratos de trabajo que sean más favorables a los trabajadores que aquellas previstas por el contrato colectivo no deberían considerarse contrarias al contrato colectivo”.

Declaración de la OIT: principios fundamentales en el trabajo

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Categoría: Noticias
Creado: Martes, 27, Enero 2015 16:37
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En 1998 los Estados Miembros de la Organización Internacional del Trabajo, OIT, adoptaron la Declaración, relacionada con los principios y derechos fundamentales en el trabajo, clasificándolos en cuatro (4) categorías:

  • La libre asociación, la libertad sindical y el derecho de negociación colectiva
  • La eliminación del trabajo forzoso u obligatorio
  • La abolición del trabajo infantil
  • La eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación
 
“La declaración establece que estos derechos son universales y que se aplican en todos los países miembros, independiente del nivel de desarrollo económico, y su reconocimiento es cada vez mayor entre las organizaciones, las comunidades y las empresas. Estos principios y derechos establecen criterios de referencia para una conducta empresarial responsable y están incorporados en la Declaración tripartita de principios sobre las empresas multinacionales y la política social de la OIT”.

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Servicios Públicos

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  • UNE
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  • ISAGEN
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  • ETB
  • Chec (Central Hidroeléctrica de Caldas)
  • Edeq ( Empresa de Energía del Quindio)
  • XM( Filial ISA)

Entidades Gubernamentales

  • Presidencia de la República
  • Ministerio de la Protección Social
  • Corte Constitucional
  • Ministerio de Minas y Energía
  • Senado de la República
  • Cámara de Representantes
  • Departamento Nacional de Planeación
  • CRC (Comisión de Regulación de Comunicaciones)
  • Superintendencia de Servicios Públicos
  • Gobernación de Antioquia
  • Alcaldía de Medellín
  • Asamblea de Antioquia
  • Concejo de Medellín
  • DANE
  • CEPAL
  • Creg (Comisión de Regulación de Energía y Gas)
  • DAFD (Departamento Administrativo de la Función Pública)

Organizaciones Sindicales

  • Pacto Global
  • SINTRAELECOL
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  • ONU Colombia
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