18 de diciembre de 2024
En coherencia con nuestro principio natural como sindicato responsable, a lo largo de 22 años hemos defendido los derechos de nuestros afiliados.
En virtud de lo anterior, el 3 de octubre de 2023 presentamos ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) recurso de anulación contra una parte del Laudo Arbitral proferido el 27 de septiembre de ese año por el Tribunal de Arbitramento convocado por el Ministerio de Trabajo para decidir el conflicto laboral colectivo entre UNE y SINPRO.
Esa solicitud la hicimos al estar convencidos de que deterioraba el ingreso salarial, al crear para el primer período (27 de septiembre – 31 de diciembre de 2023) tres rangos salariales que no existen en la empresa y ante el no pago de la retrospectividad del incremento salarial de los nueve meses anteriores al laudo.
El día de hoy recibimos la correspondiente Sentencia de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia en la que, lamentablemente, decide no acceder a las pretensiones de SINPRO frente al respectivo laudo arbitral, que deja un mal precedente frente a este tipo de actuaciones administrativas, como las de UNE EPM Telecomunicaciones S.A.
Ahora bien, es importante reiterar que todos y cada uno de los beneficios contemplados en la Convención Colectiva SINPRO-UNE siguen vigentes: salario; primas legales y extralegales; beneficios para vivienda, salud, educación y recreación, con sus respectivos valores. En 2024, por ejemplo, un total de 34 afiliados (28 por primera vez y 6 por segunda vez) han recibido créditos a través del fondo de vivienda SINPRO-UNE.
En lo que concierne al incremento salarial en UNE para 2025, será el valor correspondiente al IPC de 2024 + 1 punto. Todos los factores asociados a salario (primas legales y extralegales) se incrementan conforme a éste.
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