Beneficios y permisos en casos de calamidad
Nadie está exento de sufrir una calamidad de tipo doméstico, una urgencia familiar, el suceso de un aborto o la muerte de un ser querido. Para atender estos casos, varias normas, entre ellas el Código Sustantivo del Trabajo (CST), la Ley 1280 de 2009 para todos los trabajadores y la Ley 1635 de 2013 para los servidores públicos, así como las respectivas Convenciones Colectivas de Trabajo entre SINPRO y EPM E.S.P., UNE EPM Telecomunicaciones S.A. y Aguas de Barrancabermeja S.A. E.S.P.; establecen los permisos a que tienen derecho para atender estas situaciones, a los que se unen también las licencias por maternidad, contempladas en la Ley 755 de 2002 o Ley María y la propia Ley 1280 de 2009 para los casos de paternidad.
A continuación, presentamos un cuadro que resume las calamidades que puede sufrir un trabajador y los permisos a que tiene derecho:
Calamidad |
Parentesco |
Permiso Remunerado |
Ayuda |
Observaciones |
Fallecimiento |
Cónyuge o compañero (a) permanente, hijos, hijastros, padres, hermanos, abuelos y nietos. |
EPM 5 días hábiles (Principio de Favorabilidad en EPM por Ley 1635 de 2013) |
· Hasta 71 días del salario básico que devengue el trabajador al momento del fallecimiento. · Préstamo sin interés (0%), de acuerdo con capacidad de endeudamiento y respaldo en cesantías. |
· La ayuda no aplica para los casos de fallecimiento de hermanos, abuelos y nietos. · Para recibir la ayuda, el fallecido debe estar debidamente acreditado por el trabajador, de acuerdo con la ley, beneficiario por él a la seguridad social en salud · Independientemente de que se haya tenido o no asegurado el riesgo de muerte de un familiar (susceptibles del beneficio) por medio de una asociación mutual, se tiene derecho al auxilio otorgado por la empresa, toda vez que sus orígenes son independientes, el uno en la convención y el otro la póliza exequial. · Permiso se podrán ampliar en 2 días cuando la calamidad ocurra por fuera del municipio donde se labora o cuando así lo exija la calamidad, a juicio del superior inmediato. · Se utilizan de forma inmediata |
UNE 5 días hábiles |
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AguasB 5 días hábiles |
Préstamo sin interés (0%) hasta por 1 smmlv |
Plazo máximo de amortización: 12 meses |
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Fallecimiento |
Hermanos o padres del cónyuge o compañero (a) permanente. |
EPM y UNE 2 días hábiles |
N/A |
· Permiso se podrán ampliar en 2 días cuando la calamidad ocurra por fuera del municipio donde se labora o cuando así lo exija la calamidad, a juicio del superior inmediato. · Se utilizan de forma inmediata |
AguasB 5 días hábiles |
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Nacimiento / Aborto |
Nacimiento de un hijo o aborto de la cónyuge o compañera permanente |
EPM y UNE · 8 días hábiles para los padres. · 2 a 4 semanas para las mujeres que sufran un aborto o parto prematuro no viable (Certificación médica). |
$243.074 (Valor 2014) |
Se utilizan de forma inmediata |
AguasB 5 días hábiles |
N/A |
Se utilizan de forma inmediata |
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Enfermedad grave o aguda |
Cónyuge o compañero (a) permanente, hijos e hijastros. |
EPM y UNE 3 días calendario |
N/A |
· Requiere solicitud por escrito al jefe inmediato. · Permiso se podrán ampliar en 2 días cuando la calamidad ocurra por fuera del municipio donde se labora o cuando así lo exija la calamidad, a juicio del superior inmediato. |
AguasB Se fija basado en cada situación particular |
N/A |
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Enfermedad grave o aguda |
Padres, abuelos, nietos y hermanos. |
EPM y UNE 2 días calendario |
N/A |
· Requiere solicitud por escrito al jefe inmediato. · Permiso se podrán ampliar en 2 días cuando la calamidad ocurra por fuera del municipio donde se labora o cuando así lo exija la calamidad, a juicio del superior inmediato. |
AguasB Se fija basado en cada situación particular |
N/A |
Servicios Públicos
Entidades Gubernamentales
Organizaciones Sindicales