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6 de abril: límite para que algunos accedan a prima por retiro pensional

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Categoría: Noticias
Creado: Lunes, 17, Marzo 2025 21:38
Escrito por EditorSINPRO
Visitas: 992

retiro

17 de marzo de 2025

El 6 de abril, límite para que algunos afiliados accedan a la prima por retiro pensional

El pasado 6 de febrero firmamos el acuerdo para la nueva vigencia de la Convención Colectiva de Trabajo SINPRO-EPM, con el que seguimos contribuyendo a la calidad de vida de nuestros afiliados y a la sostenibilidad de la empresa. Con estos logros, los alcanzados en los últimos años y nuestro trabajo en defensa del patrimonio público y la institucionalidad, nos hemos consolidado como el sindicato mayoritario en EPM.

Uno de los más recientes consistió en modificar la cláusula convencional que reconoce la prima por retiro pensional, que equivale a tres (3) salarios básicos mensuales de su cargo, abriendo una nueva oportunidad para aquellos servidores que en el pasado decidieron acogerse a la edad de retiro forzoso, no tramitaron el reconocimiento de la pensión dentro de los plazos establecidos en la convención, o no renunciaron y se retiraron de la empresa dentro de los tres (3) meses siguientes a la de fecha expedición de la resolución; y además incluir al nivel directivo como beneficiarios de ésta. La Prima por retiro pensional equivale a tres (3) salarios básicos mensuales de su cargo.

¿Quiénes pueden acceder hasta el 6 de abril?

Aquellos servidores del nivel no directivo, que decidieron acogerse a la edad de retiro forzoso y no presentaron documentos para solicitar su derecho pensional dentro del mes siguiente al cumplimiento de requisitos, así como tampoco renunciaron a la Empresa dentro de los tres (3) meses siguientes al reconocimiento de su pensión de vejez o invalidez, se abrió una nueva oportunidad para ser beneficiarios de esta prima, siempre y cuando renuncien y se retiren de la Empresa hasta el 6 de abril de 2025.

¿Qué es lo nuevo para el nivel Directivo?

A partir de esta nueva convención colectiva de trabajo, todos los servidores del nivel directivo beneficiarios de la convención colectiva de trabajo de SINPRO pueden acceder a esta prima siempre y cuando cumplan con uno de los siguientes supuestos, los cuales son excluyentes entre sí:

  • - Presentar renuncia dentro de los 30 días siguientes al cumplimiento de requisitos para causar pensión de vejez o invalidez, o
  • - Presentar dentro de los 30 días siguientes al cumplimiento de requisitos para causar pensión, la solicitud del reconocimiento del derecho y una vez expedida la resolución o documento que reconoce la pensión, presentar renuncia dentro de los tres (3) meses siguientes a este hecho.

Los demás servidores que se encuentren dentro de los plazos de la cláusula convencional deberán cumplir los términos de la misma para acceder al derecho convencional.

SINPRO

Empleo digno y sostenibilidad, pilares de acuerdo SINPRO-EPM

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Categoría: Noticias
Creado: Lunes, 10, Febrero 2025 21:14
Escrito por EditorSINPRO
Visitas: 1081

negociación

7 de febrero 

Desde SINPRO hemos basado históricamente nuestras actuaciones en tres principios: la defensa de los trabajadores, el aporte a la sostenibilidad de EPM y la defensa del patrimonio público y la institucionalidad. Honrando esos principios y como la organización sindical que representa a la mayoría de los servidores de EPM, llegamos a un acuerdo para la nueva vigencia de la Convención Colectiva de Trabajo entre las partes.

Este acuerdo, que sustentamos bajo cuatro premisas: 1) estabilidad sindical y convencional: pacto por la estabilidad institucional, 2) armonización de beneficios, 3) proporcionalidad y 4) incremento real de los beneficios económicos, fortalece nuestra convención, al extender su vigencia por cuatro años y conservar la totalidad de los beneficios convencionales, lo que se traduce en paz laboral, fundamental para concentrar el esfuerzo de todos en los retos que hoy y a futuro tiene la empresa.

Este proceso se dio en un ambiente de cordialidad y de respeto, enfocados en el beneficio de las partes, pensando en la sostenibilidad de la empresa y en mejorar las condiciones de los afiliados y sus familias.

Logros del acuerdo

Que se suman a los conseguidos por SINPRO en los últimos 15 años y superan los conseguidos por cualquier otra organización sindical en la empresa.

  • Vigencia: 4 años (2025-2028)
  • Incremento salarial:
  • Para 2025: un gran logro al obtener 9,5%, igual al incremento del salario mínimo decretado por el Gobierno Nacional. El incremento será a partir del 1 de enero del presente año.
  • Para 2026, 2027 y 2028: aumento del IPC del año inmediatamente anterior (2025, 2026 y 2027, respectivamente) + dos (2) puntos. En caso de que la diferencia entre ese porcentaje (IPC + 2) y el salario mínimo acordado o decretado para el respectivo año fuere igual o superior en cuatro (4) puntos, el incremento será el promedio entre ambos factores, con lo que se garantiza que nuestros afiliados no tengan pérdida en el valor adquisitivo.
  • Armonización: EPM reconocerá a los afiliados y beneficiarios de la Convención de SINPRO el mayor valor que le conceda a una cualquiera de las otras organizaciones sindicales con presencia en la Empresa, ya sea en los acuerdos convencionales que suscriba con ellas, o en las actas extraconvencionales que modifiquen total o parcialmente dichos acuerdos, exclusivamente en temas económicos: salarios, primas y beneficios en materia de salud,  educación y recreación, todo con el propósito de buscar la igualdad.
  • Vivienda: para promover la igualdad del Fondo de Vivienda del Sindicato Mayoritario SINPRO con otros fondos que existen en la empresa para otras organizaciones sindicales, EPM capitalizará el fondo de SINPRO con $104.000.000.000.
  • Incremento de los beneficios: todos los beneficios económicos en salud, educación, recreación, deportes, gimnasio, primas (matrimonio, maternidad y aborto) y subsidios (familiar especial y de transporte), se incrementarán en un porcentaje igual al IPC del año inmediatamente anterior más un (1) punto.
  • Porcentajes de recreación, deportes y gimnasio para salud: se incrementa del 50% al 70% el valor que el trabajador podrá destinar del total de este beneficio, exclusivamente para el pago del costo individual de su plan de salud (póliza de salud, plan de medicina prepagada o plan complementario de salud). Así mismo, se incrementa del 47% al 50% el valor de la ayuda con el mismo destino exclusivo, para los beneficiarios del servidor que tienen derecho a ésta. Se mantendrán los porcentajes para destinar a educación formal (50% para el servidor y 47% para los beneficiarios).
  • Ayuda medicamentos no POS para servidores: este beneficio, que antes estaba destinado únicamente para los beneficiarios del trabajador, se extiende a todos los servidores afiliados a SINPRO.
  • Prima de maternidad y aborto: se extiende a los casos de adopción de un hijo.
  • Permiso estudios: se precisa que es para estudios básicos, de pregrado o posgrado relacionados directamente con las funciones del cargo que desempeña.
  • Bono por firma: EPM pagará a los servidores beneficiarios de la Convención Colectiva de SINPRO, un bono por firma, no constitutivo de salario, equivalente a dos (2) salarios mínimos legales vigentes ($2.847.000), pagadero dentro de los próximos 30 días.
  • Prima por retiro pensional: se incluyó a las personas que ya cumplieron requisitos para su jubilación y a los jefes.

SINPRO

Hoy se instala la mesa de negociaciones SINPRO-EPM

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Categoría: Noticias
Creado: Lunes, 13, Enero 2025 20:23
Escrito por EditorSINPRO
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mesa negociadora rotated

13 de enero de 2025

Hoy se instala la mesa de negociaciones SINPRO-EPM para acordar una nueva Convención Colectiva de Trabajo

Tras entregar el respectivo Pliego de Peticiones se acordó hoy 13 de enero de 2025 como fecha de instalación de la mesa de negociaciones de la nueva vigencia de nuestra Convención Colectiva de Trabajo, que beneficia a los afiliados de SINPRO en EPM.

Una vez instalada dicha mesa se inicia la etapa de arreglo directo, que puede ser de hasta 20 días calendario, prorrogables hasta por otros 20 días de común acuerdo entre las partes.

Las peticiones que conforman el pliego son coherentes con la filosofía de SINPRO basada en tres pilares fundamentales: la defensa de los derechos de los trabajadores, la sostenibilidad de la empresa y la protección del patrimonio público.

Es preciso recordar que desde el 27 de diciembre pasado todos los afiliados a SINPRO tienen fuero circunstancial que se mantendrá hasta que culmine la negociación.

Una vez se tengan acuerdos concretos los estaremos comunicando, teniendo en cuenta la premisa de que “nada está acordado hasta que todo esté acordado”.

SINPRO

SINPRO rechaza decisión de Millicom de continuar con los despidos masivos

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Categoría: Noticias
Creado: Viernes, 17, Enero 2025 19:07
Escrito por EditorSINPRO
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despidos

14 de enero de 2025

La solicitud de Millicom al Ministerio de Trabajo para autorizar el despido masivo de empleados forma parte de la estrategia de la administración de UNE EPM Telecomunicaciones S. A. para reducir la nómina sin fundamentos técnicos ni financieros, deteriorar el clima laboral y debilitar a los sindicatos de la organización.

Cuando Millicom asumió el control de UNE en 2014, la administración de la empresa se comprometió a garantizar la estabilidad laboral de los empleados provenientes de EPM, compromiso que ha incumplido durante casi 11 años. En su lugar, Millicom ha reducido progresivamente la planta de personal mediante planes de retiro voluntario y despidos a cuentagotas.

De 2.750 empleados, la mayoría provenientes de EPM desde la escisión de UNE en 2006, hoy la nómina de UNE es de unos 700 empleados, es decir, se ha reducido la nómina en 70%, lo que demuestra que Millicom, además de mal socio y mal administrador, es un pésimo empleador. Y no está por demás decir que, en manos de Millicom, el patrimonio público de UNE siempre estuvo en riesgo.   

Para SINPRO la solicitud de Millicom al Ministerio de Trabajo va contra el empleo digno y contra las garantías laborales que dicha empresa debe proveer, pero de las que hace caso omiso escudándose en las “nuevas dinámicas del mercado y a los cambios de los cuales son objeto las compañías del sector de telecomunicaciones”. 

Por el contrario, la dinámica del sector de telecomunicaciones exige personal altamente calificado porque es un negocio con retos tan relevantes como la transformación digital y la adaptación tecnológica, la regulación y la atención al cliente.

SINPRO rechaza de manera enfática la decisión de Millicom que va en contra de la estabilidad laboral, del empleo digno y del futuro de decenas de familias en Colombia.

SINPRO

Corte Suprema emite sentencia frente a laudo arbitral

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Categoría: Noticias
Creado: Miércoles, 18, Diciembre 2024 13:34
Escrito por EditorSINPRO
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 CSJ

18 de diciembre de 2024

En coherencia con nuestro principio natural como sindicato responsable, a lo largo de 22 años hemos defendido los derechos de nuestros afiliados.

En virtud de lo anterior, el 3 de octubre de 2023 presentamos ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) recurso de anulación contra una parte del Laudo Arbitral proferido el 27 de septiembre de ese año por el Tribunal de Arbitramento convocado por el Ministerio de Trabajo para decidir el conflicto laboral colectivo entre UNE y SINPRO.

Esa solicitud la hicimos al estar convencidos de que deterioraba el ingreso salarial, al crear para el primer período (27 de septiembre – 31 de diciembre de 2023) tres rangos salariales que no existen en la empresa y ante el no pago de la retrospectividad del incremento salarial de los nueve meses anteriores al laudo.

El día de hoy recibimos la correspondiente Sentencia de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia en la que, lamentablemente, decide no acceder a las pretensiones de SINPRO frente al respectivo laudo arbitral, que deja un mal precedente frente a este tipo de actuaciones administrativas, como las de UNE EPM Telecomunicaciones S.A.

Ahora bien, es importante reiterar que todos y cada uno de los beneficios contemplados en la Convención Colectiva SINPRO-UNE siguen vigentes: salario; primas legales y extralegales; beneficios para vivienda, salud, educación y recreación, con sus respectivos valores.  En 2024, por ejemplo, un total de 34 afiliados (28 por primera vez y 6 por segunda vez) han recibido créditos a través del fondo de vivienda SINPRO-UNE.

En lo que concierne al incremento salarial en UNE para 2025, será el valor correspondiente al IPC de 2024 + 1 punto. Todos los factores asociados a salario (primas legales y extralegales) se incrementan conforme a éste.

SINPRO

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