Nuevas modalidades de trabajo: similitudes y diferencias

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Creado: Miércoles, 10, Noviembre 2021 15:14
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10 de noviembre de 2021

Nuevas modalidades de trabajo: similitudes y diferencias

EPM anunció, en el mes de octubre, que más servidores de la empresa podrían optar por acogerse al teletrabajo, modalidad que nació en Colombia en el año 2008.

Con la pandemia aparecieron el trabajo en casa y el trabajo remoto como alternativas al modelo presencial, ajustándose todos a las necesidades de empleadores y empleados.

Desde SINPRO hicimos un ejercicio con el equipo de jurídico, para facilitar a nuestros afiliados el conocimiento de estas tres modalidades, especialmente del teletrabajo, con sus similitudes, diferencias e implicaciones, los cuales pueden ver en el siguiente enlace:  Modalidades de Trabajo.

Teletrabajo en EPM

En virtud de varias consultas recibidas sobre la propuesta relacionada con teletrabajo, consideramos importante proporcionar un resumen respecto a esta modalidad, que nació con la ley 1221 de 2008, reglamentada por el decreto 884 del 2012, con aplicación tanto para el sector público como para el privado.

Es el desempeño de actividades remuneradas o prestación de servicios a terceros utilizando como soporte las tecnologías de la información y la comunicación para el contacto entre el trabajador y la empresa, sin requerirse la presencia física del trabajador en un sitio específico de trabajo.

  • NO implica un cambio del contrato ni lo desvirtúa,
  • Solo modifica el sitio en el que se presta el servicio,
  • No modifica los ingresos del trabajador,
  • Tampoco cambia la relación entre jefes y subordinados,
  • Garantiza el respeto, los derechos y la igualdad de trato,
  • Respeta la jornada laboral.

De acuerdo con la información enviada por EPM, es claro que acogerse al teletrabajo es una decisión y no una imposición, por lo que el empleado, previa conversación con su jefe, es quien determina si le conviene aceptar alguna de las dos opciones de teletrabajo suplementario ofrecidas: 3 días en oficina y 2 en casa o 3 días en casa y 2 en oficina.

Como recomendación especial, antes de que el trabajador tome una decisión en tal sentido, es importante analizar aspectos que aunque parezcan sencillos son relevantes, como las condiciones de la vivienda y la convivencia con el núcleo familiar, porque el teletrabajo debe asegurar que se cumplan con los objetivos convenidos con el jefe.

SINPRO