Teletrabajo y trabajo en casa, otras formas de trabajar

Categoría: Noticias
Creado: Viernes, 10, Julio 2020 19:16
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El trabajo por fuera de la oficina más el uso de tecnologías para hacer las tareas diarias y mantenerse en contacto con los jefes, marca tendencia por la situación actual.

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A raíz de la etapa de aislamiento, la habitual forma de trabajar en la oficina tuvo que ser adecuada de forma repentina y obligada a trabajar desde el hogar, bien en forma de teletrabajo o de trabajo en caso, modalidades con notorias diferencias.

Teletrabajo

Regulado en Colombia por la Ley 1221 de 2008, el teletrabajo es una modalidad laboral a distancia, que se realiza fuera de la empresa a través de tecnologías que facilitan la comunicación entre las partes sin necesidad de estar en un lugar determinado para cumplir las funciones. Es un modelo organizacional diferente al tradicional que replantea las formas de comunicación interna y en consecuencia genera nuevos mecanismos de control y seguimiento a las tareas.

Existen tres modalidades: el teletrabajo autónomo, para trabajadores independientes que se valen de las TIC para sus tareas, ejecutándolas desde un lugar elegido por él; el teletrabajo suplementario, para trabajadores con contrato laboral que alternan sus tareas en distintos días de la semana entre la empresa y un lugar fuera de ella, utilizando las TIC para su cumplimiento, teletrabajando al menos dos días a la semana; y el teletrabajo móvil, para trabajadores que utilizan dispositivos para ejecutar sus tareas, lo que les permite ausentarse con frecuencia de la oficina.

Trabajo en casa

Esta es una nueva forma de trabajo que aún no está regulada por la legislación laboral y que, a diferencia del teletrabajo, no es una modalidad contractual ya que no implica la modificación del lugar de trabajo. Cuando un trabajador desarrolla su función desde su casa de forma ocasional y temporal, no es considerado un teletrabajador, aun cuando para desempeñar sus funciones utilice las TIC, por lo que continúa con las mismas condiciones del contrato de trabajo como si estuviera realizando su función de manera presencial. El trabajo en casa continúa siendo una autorización excepcional que se implementó con ocasión de la pandemia, y es más que nada una medida de trabajo ocasional, temporal y excepcional.

El Ministerio del Trabajo ha sido enfático en advertir que el trabajo en casa no puede equipararse al teletrabajo, pues el trabajo en casa no contiene los elementos, requisitos y formalidades establecidos en la Ley 1221 de 2008 y sus normas reglamentarias. Dicha norma señala que: “una persona que tenga la condición de asalariada no se considerará teletrabajador por el mero hecho de realizar ocasionalmente su trabajo como asalariado en su domicilio o en lugar distinto de los locales de trabajo del empleador, en vez de realizarlo en su lugar de trabajo habitual”.

Si está desempeñando sus funciones bajo la modalidad de trabajo en casa, tenga en cuenta:

·        La relación laboral y la facultad subordinante entre el trabajador y el empleado sigue vigente. De igual manera se mantienen vigentes las garantías laborales, sindicales y de seguridad social para quienes trabajan desde casa.

·        No puede haber disminuciones unilaterales de salarios.

·        Las tareas encomendadas por el empleador deben ser ejecutadas de tal manera que permitan el descanso necesario al trabajador.

·      Los empleadores y trabajadores se deben ceñir al horario y jornada de trabajo, con el fin de garantizar el derecho a la desconexión laboral digital.

·    Los empleadores deben promover espacios que permitan al trabajador la realización de pausas activas, de higiene y protección de la salud, así como un descanso mínimo entre reuniones continuas.

·    Los correos electrónicos y mensajes vía WhatsApp serán atendidos de manera prioritaria durante la jornada laboral, de manera que se respete la vida personal y los espacios de descanso del trabajador.

·      El empleador notificará a la ARL que sus empleados están trabajando desde sus casas.

·      Los trabajadores procurarán cuidar su salud y suministrarán al empleador información clara, veraz y completa sobre cualquier cambio de su estado de salud que afecte su capacidad para trabajar.

Herramientas para el teletrabajo

Entre las herramientas para realizar teletrabajo con éxito, elegimos estas opciones como las más seguras y fáciles de utilizar:

·        Medios: telefonía fija y celular, correo electrónico, videoconferencia.

·        Herramientas de mensajería: Whatsapp y Telegram.

·        Herramienta videoconferencia: Teams, Skype y Hangout.

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