Para la economía familiar es importante tener a mano los valores actualizados de salario mínimo, cuotas moderadoras y copagos, impuesto vehicular, subsidios de transporte y familiar.
Estos son, para 2017, algunos datos importantes a tener en cuenta:
- Los afiliados a SINPRO que devenguen menos de 4 smmlv ($2´950.868), por Convención, tienen derecho a subsidio de transporte en la suma establecida por el Gobierno + $9.024 (En EPM) y + $8.375 (En UNE – Valor de 2016).
- Así mismo, como subsidio familiar especial, recibirán, en enero, $80.216 (En EPM) y $74.446 (En UNE - Valor 2016) por cada beneficiario a que tenga derecho e inscrito de conformidad con las disposiciones que regula el subsidio familiar ordinario que cubre la caja de compensación.
Tanto para quienes se benefician de la Entidad Adaptada en Salud, Unidad Servicio Médico y Odontológico de EPM (Departamento Médico), como para quienes hacen parte del régimen común.
Cuotas moderadoras: Pago que hacen los cotizantes o beneficiarios al usar los servicios que ofrece el POS por: consulta general, especialista, odontólogo, optometría, psicología, nutrición, terapia física, del lenguaje, respiratoria y ocupacional, recibir medicamentos en tratamientos ambulatorios, exámenes de laboratorio o radiografías de tratamientos ambulatorios, suministro de lentes, etc. No se paga cuando el cotizante accede a los servicios de urgencias, consultas y procedimientos durante la hospitalización.
Para los afiliados al Departamento Médico, cuando el costo del medicamento es inferior a la cuota moderadora que le corresponde al trabajador, se cobrará el valor de dicho medicamento.
Copagos: Pago que hace el beneficiario, no el cotizante, cuando es sometido a procedimientos o intervenciones quirúrgicas, o a tratamientos de alto costo. Valor depende del costo del procedimiento.
Los afiliados a SINPRO, además de las ayudas para ortodoncia (hijos e hijastros en UNE, y también el trabajador, en EPM), beneficio para lentes y montura (Beneficiarios afiliados por ellos a la EPS), cuentan además con la ayuda para la compra de medicamentos no cubiertos por el POS; el cual también pueden utilizar para el pago de pólizas de salud complementarias o servicios de salud prepagada complementaria del POS.(Ver: Lo acordado para la Convención con EPM a 2020 y Convención SINPRO-UNE sigue vigente).
Para liquidar este impuesto se debe tener en cuenta: 1. Base gravable (Valor del vehículo establecido anualmente por Mintransporte); 2. Clase de vehículo (Automóvil, carga, pasajeros o motocicleta); 3. Características (Marca, línea, modelo, capacidad) y Tarifa: Tasa por aplicar sobre la base gravable del vehículo establecida anualmente por Minhacienda.
Servicios Públicos
Entidades Gubernamentales
Organizaciones Sindicales