Calamidad |
Parentesco |
Permiso remunerado |
Ayuda |
Observaciones |
Fallecimiento |
Cónyuge o compañero (a) permanente, hijos, hijastros, padres, hermanos, abuelos y nietos del trabajador. |
5 días hábiles · Convención: 3 días hábiles. · Regla Negocio EPM. · Ley 1635/2013: 5 días. Principio Favorabilidad |
- Hasta 71 días del salario básico que devengue el trabajador al momento del fallecimiento. -Préstamo sin interés (0%), de acuerdo con capacidad de endeudamiento y respaldo en cesantías. |
· Para recibir la ayuda, el fallecido debe estar acreditado por el trabajador, de acuerdo con la ley, beneficiario por él a la seguridad social. · Independiente de que se haya asegurado el riesgo de muerte de un familiar (susceptible del beneficio) por medio de una mutual, se tiene derecho al auxilio de la empresa, pues sus orígenes son independientes, el uno en la convención y el otro la póliza exequial. · Se podrán ampliar 2 días cuando sea por fuera del municipio donde se labora o cuando así lo exija la calamidad, a juicio del jefe. Se utilizan de forma inmediata. |
Fallecimiento | Hermanos, abuelos y nietos del trabajador. |
5 días hábiles · Regla Negocio EPM. · Ley 1635/2013: 5 días. Principio Favorabilidad |
· Permisos se podrán ampliar en 2 días cuando la calamidad ocurra por fuera del municipio donde se labora o cuando así lo exija la calamidad, a juicio del superior inmediato.
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Fallecimiento |
Padres del cónyuge o compañero (a) permanente. |
5 días hábiles · Convención: 2 días hábiles. · Regla Negocio EPM. · Ley 1635/2013: 5 días. Principio Favorabilidad |
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Fallecimiento | Hermanos del cónyuge o compañero (a) permanente. |
2 días hábiles
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Nacimiento o Aborto |
Nacimiento de un hijo o aborto de la cónyuge o compañera permanente. |
Hombres: 12 días hábiles · Convención: 4 días adicionales a los de ley. · Ley 755/2002: 8 días hábiles. Mujeres (2 a 4 semanas) Que sufran aborto o parto prematuro no viable (Certificación médica). |
$354.008 |
Se utilizan de forma inmediata. |
Enfermedad grave o aguda |
Cónyuge o compañero (a) permanente, hijos e hijastros. |
3 días calendario |
N/A |
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Enfermedad grave o aguda | Padres | 2 días calendario | N/A |
Cursos de Instrucción |
Funcionario, hijos, conyugue compañera permanente e hijastros (afiliados por el funcionario a su seguridad social).
La edad de los hijos e hijastros menores de 25 años |
Empresa aporta $2'043.494
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Programa Educativo para el trabajo y el Desarrollo Humano (Ley 1064) |
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Cursos Preuniversitarios |
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Educación Cónyuges |
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Vacaciones Recreativas |
Hijos e Hijastros (afiliados por el funcionario a su seguridad social) 3 a 14 años |
Empresa reconoce $304.234 |
Prima de Maternidad y Aborto |
$328.273 y permisos conforme a la ley |
Prima de matrimonio | $442.867 y descanso remunerado de 5 días hábiles |
Subsidio familiar especial |
En enero, subsidio familiar especial de $78.912 por cada beneficiario a que tenga derecho e inscrito de conformidad con las disposiciones legales que regula el subsidio familiar ordinario que cubre la Caja de Compensación Familiar. |
Subsidio de transporte | Para trabajadores que devenguen menos de 4 SMMLV, la suma establecida por el Gobierno + $8.877 |
Beneficio por defunción (Muerte de padres, hijos, hijastros, cónyuge o compañero (a) permanente, beneficiarios por él a la seguridad social. |
Hasta 71 días del salario básico del trabajador afectado |
Para Vivienda |
Primera vez: Hasta $181´705.200 (Hasta 200 smmlv) Segunda vez: Hasta $99´937.860 (Hasta 110 smmlv) |
Para Preescolar | -------------------------------- |
Para Primaria y Secundaria | Hasta $908.526 (1 smmlv) |
Para Pregrado |
Hasta $3´634.104 (4 smmlv) |
Para Posgrado | Hasta $9´085.260 (10 smmlv) |
Para Gastos Salud |
Tope según saldo cesantías y porcentaje (%) de endeudamiento |
Para Implementos Culturales y Deportivos |
Tope según saldo cesantías y porcentaje (%) de endeudamiento |
Para Turismo Social (Únicamente con Comfama) | Tope según saldo cesantías y porcentaje (%) de endeudamiento |
Para Calamidad Doméstica |
Tope según saldo cesantías y porcentaje (%) de endeudamiento |
Por cada hijo o hijastro de acuerdo con el nivel de educación, así:
Educación Preescolar (A partir de 3 años) |
$343.207 Anuales |
Educación Primaria | $446.170 Anuales |
Educación Secundaria | $823.699 Anuales |
Educación Superior (Hijos – Hijastros) (*) |
$2´059.246 Semestrales |
Educación Superior cuando sea el trabajador quien estudie | $2´196.531 Semestrales |
Educación Especial | $774.210 Mensuales |
Educación Cónyuges
Ayuda escolar para conyugué o compañero (a) permanente, beneficiarios del trabajador en la seguridad social |
Montos iguales a los de hijos con cargo a topes anuales de cursos de instrucción deportiva, cultural y gimnasios |
Ayuda para ortodoncia |
Hasta $865.766 por una sola vez por cada hijo o hijastro, afiliado por el trabajador al Sistema de Seguridad Social en Salud (EPS), Ley 100 de 1993 |
Beneficio para lentes y montura
(Para el trabajador) |
Hasta $364.750 para montura, por una sola vez y/o accidente
Hasta $145.900 para cambio de montura (Amerita) Lentes: Se torga el valor de acuerdo a la fórmula |
Beneficio para montura
(Para beneficiarios afiliados a EPS)
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Hasta $421.308 para montura, por una sola vez |
Ayuda para la compra de medicamentos NO cubiertos por el POS (Plan Obligatorio de Salud) |
Para trabajadores que devenguen hasta 4 SMLMV, hasta $497.816 anuales Para trabajadores que devenguen más de 4 SMLMV, hasta $194.532 anuales |
Cuotas moderadoras |
Para los afiliados al Servicio Médico y Odontológico, cuando el costo del medicamento sea inferior a la cuota moderadora que le corresponde al trabajador, se cobrará el valor de dicho medicamento |
Calamidad |
Parentesco |
Permiso remunerado |
Ayuda |
Observaciones |
Fallecimiento |
Cónyuge o compañero (a) permanente, hijos, hijastros, padres, hermanos, abuelos y nietos. |
5 días hábiles (Principio de favorabilidad en Tigo - UNE por ley 1635/ 2013)
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- Hasta 71 días del salario básico que devengue el trabajador al momento del fallecimiento. - Préstamo sin interés (0%), de acuerdo con capacidad de endeudamiento y respaldo en cesantías. |
- La ayuda no aplica para los casos de fallecimiento de hermanos, abuelos y nietos. - Para recibir la ayuda, el fallecido debe estar debidamente acreditado por el trabajador, de acuerdo con la ley, beneficiario por él a la seguridad social en salud - Independientemente de que se haya tenido o no asegurado el riesgo de muerte de un familiar (susceptibles del beneficio) por medio de una asociación mutual, se tiene derecho al auxilio otorgado por la empresa, toda vez que sus orígenes son independientes, el uno en la convención y el otro la póliza exequial. - Permiso se podrán ampliar en 2 días cuando la calamidad ocurra por fuera del municipio donde se labora o cuando así lo exija la calamidad, a juicio del superior inmediato. Se utilizan de forma inmediata |
Fallecimiento | Padres y hermanos del cónyuge o compañero (a) permanente. | 2 días hábiles | N/A |
- Permiso se podrán ampliar en 2 días cuando la calamidad ocurra por fuera del municipio donde se labora o cuando así lo exija la calamidad, a juicio del superior inmediato. - Se utilizan de forma inmediata |
Nacimiento/ Aborto |
Nacimiento de un hijo o aborto de la cónyuge o compañera permanente | - 8 días hábiles para los padres (por Ley 755/2002 y sentencia C-174 de 2009)+ 3 días, por convención= 11 días (8 hábiles + 3 ordinarios)
- 2 a 4 semanas para las mujeres que sufran un aborto o parto prematuro no viable (Certificación médica). |
$317.172 |
Se utilizan de forma inmediata |
Enfermedad grave o aguda |
Cónyuge o compañero (a) permanente, hijos e hijastros |
3 días calendario | N/A |
- Requiere solicitud por escrito al jefe inmediato. - Permiso se podrán ampliar en 2 días cuando la calamidad ocurra por fuera del municipio donde se labora o cuando así lo exija la calamidad, a juicio del superior inmediato. |
Enfermedad grave o aguda |
Padres | 2 días calendario | N/A |
- Requiere solicitud por escrito al jefe inmediato. - Permiso se podrán ampliar en 2 días cuando la calamidad ocurra por fuera del municipio donde se labora o cuando así lo exija la calamidad, a juicio del superior inmediato. |
Servicios Públicos
Entidades Gubernamentales
Organizaciones Sindicales