En defensa de una empresa, de una industria… de país
Subasta del espectro para 4G con restricciones a Claro, un primer paso
Ayer fueron publicadas por parte del Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones las condiciones finales de la subasta de espectro radioeléctrico para la tecnología 4G, en la que se restringe la participación de Claro (Comcel y Telmex), que como hemos denunciado oportuna e insistentemente, podría constituir un escenario “fatalible” (fatal pero posible) de posición dominante y de abuso de posición dominante en este sector en Colombia, con las desfavorables consecuencias que de ello se derivan para los usuarios y para las empresas con capital estatal.
Desde nuestra filosofía de aportar a la viabilidad y a la sostenibilidad a largo plazo de las empresas, surgió la decidida participación de SINPRO en este tema, aportando, con el conocimiento y la experticia de su base de afiliados, los análisis técnicos que garanticen defender los intereses de los usuarios y la nación.
Por eso celebramos esta decisión, con la cual no nos conformamos, y que no es gratuita. Obedece, como indica el propio Ministerio, a una serie de debates y opiniones en los que participaron, entre otros, la industria de las TIC, el Congreso de la República y la Superintendencia de Industria y Comercio.
Como representantes de un Nuevo Sindicalismo en Colombia, creemos fundamental hacer y desarrollar pliegos de ofrecimientos coherentes con nuestra filosofía. Así lo venimos haciendo con el tema del monopolio en telecomunicaciones. Trabajar en la defensa de UNE, como en este caso, de la industria de las TIC y del país, nos ha llevado en los últimos meses a realizar un trabajo estratégico encaminado a evitar que se presente ese escenario que hemos llamado “fatalible”.
Este trabajo estratégico lo iniciamos con una publicación en el diario Portafolio, continuó con una serie de comunicados a la Presidencia y la Vicepresidencia de la República, a los Ministerios de TIC y de Trabajo, a las Superintendencias de Servicios Públicos Domiciliarios y de Industria y Comercio (SIC), a la Comisión de Regulación de Comunicaciones y al Congreso de la República, lo que nos valió la invitación a ampliar nuestros conceptos ante la SIC (ver carta anexa); haciendo tomar conciencia al País, de la “… presumible consecuencia de desaparecer a las empresas colombianas y generar grandes problemas sociales y económicos para el país” como lo escribió la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, cuando dio traslado, también a la SIC de la problemática expuesta por SINPRO.
Gracias a los contactos establecidos con congresistas clave en esta discusión, a lo expuesto ante la SIC y a la contundencia de nuestras exposiciones, fuimos llamados a presentar la semana pasada, el 24 de octubre, una ponencia ante la Plenaria de la Cámara de Representantes, en la que se expuso con datos y cifras sobre las consecuencias nefastas para el país de permitirse llegar al escenario “fatalible” del que hemos hecho alusión, y que impactó la expedición de una regulación para promover un escenario de competencia plena en el país. Ver archivo anexo.
Continuaremos con nuestras acciones para mantener la viabilidad de los operadores de TIC de capital estatal en el país como un ejemplos de nuestro pregonar de una “Responsabilidad Social Sindical Sostenible” y enmarcado, como ya dijimos, en nuestro Pliego de Ofrecimientos, para la negociación convencional que venimos preparando desde marzo del presente año.
Enrarece el ambiente laboral y no le aporta al mejoramiento empresarial
El pasado mes de septiembre, la administración de UNE EPM Telecomunicaciones S.A. presentó ante su capital humano el nuevo Reglamento Interno de Trabajo, pretendiendo establecer una hoja de ruta para el quehacer de empleados y trabajadores de la empresa.
Esta decisión ha generado muchas y diversas inquietudes, que se multiplican en los pasillos, generando incertidumbre y enrareciendo, aún más, el clima laboral, en una compañía que por demás necesita de una gran comunión entre directivos y trabajadores para superar las dificultades por las que está atravesando.
En esta discusión planteada con la expedición del nuevo reglamento se presentan varios puntos de diferencia conceptuales. El primero de ellos es si de acuerdo con este tipo de acciones, a la empresa lo rige, en cuanto a lo laboral, el derecho privado o el derecho público. A la fecha no existe ninguna sentencia jurídica que determine a ciencia cierta, cómo debe tratarse a los trabajadores de la empresa, pues solo hay conceptos que pueden tener diversas interpretaciones. Este vacío jurídico genera un segundo punto de discusión e interrogante: ¿cuál es el control disciplinario que rige en UNE? Con la expedición del reglamento en cuestión, la alta dirección de la empresa da su propia interpretación jurídica sobre el asunto.
Para SINPRO, en la sentencia C-338 del Concejo de Estado, se establece para el control disciplinario lo siguiente: “ARTÍCULO 53. Sujetos disciplinables. El presente régimen se aplica a los particulares que cumplan labores de interventoría en los contratos estatales; que ejerzan funciones públicas, en lo que tienen que ver con estas; presten servicios públicos a cargo del Estado, de los contemplados en el artículo 366 de la Constitución Política, administren recursos de este, salvo las empresas de economía mixta que se rijan por el régimen privado”, cuyo caso no es el de UNE EPM Telecomunicaciones S.A., que es una filial de una empresa industrial y comercial del estado, que se rige por el artículo 94 de la Ley 489 de 1998.
La interpretación, que consideramos bastante ligera, de algunos juristas, es que por ser una sociedad anónima (S.A.) debe entenderse a UNE como una empresa mixta (similar a Telefónica Telecom o a la ETB). Para SINPRO es claro que está aseveración va en contravía del acuerdo 045 del Concejo de Medellín que le dio vida jurídica, en ese entonces, a UNE EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P., y que establece que es una “…empresa de Servicios Públicos Oficial, descentralizada del orden municipal con capital 100% público,…”.
En el hecho posterior a la creación de UNE, se le quita el “apellido” E.S.P. por una adecuación a la Ley 1341 de 2009. Esto no representa un hecho jurídico para determinar que UNE pasa a ser una empresa de economía mixta. De igual manera el mismo acuerdo recalca que, dada su naturaleza jurídica “…los controles político, disciplinario y fiscal sobre la empresa serán ejercidos por el Concejo, la Personería y la Contraloría General de Medellín…”
En el espíritu de la Ley 1341 de 2009, se pretende dar elementos de competitividad a las empresas del sector de las tecnologías de información y comunicación, sin importar que sean de capital público o estatal, pero dichos elementos en ningún momento están encaminados a buscar unos controles diferentes a los existentes, por la constituciones de las organizaciones, sino en garantizar la prestación y expansión de los servicio de telecomunicaciones en un ambiente de libre mercado.
Para SINPRO, reiteramos lo dicho en comunicación anterior, es de gran preocupación que el foco de interés en UNE no sean los temas que efectivamente afectan la competitividad de la compañía, como la falta de disciplina estratégica y el liderazgo para la gestión del negocio, en el ámbito interno; y la asimetría regulatoria, en el externo a la empresa.
Consideramos que en estas discusiones que propone la administración, con acciones como su Reglamento Interno de Trabajo, estamos perdiendo tiempo valioso para enderezar el rumbo. En SINPRO estamos convencidos de que nuestra organización debe, por el contrario, estar en procura de establecer vínculos más cercanos con sus trabajadores, buscando en el diálogo y la concordia, la armonía para establecer acciones que aceleren la recuperación y el posicionamiento de la empresa en el mercado de las telecomunicaciones.
Cabe recordar que el papel del recurso humano es indiscutible en el logro de cualquier objetivo empresarial. Así mismo, que normas como las que proponen el Reglamento Interno de Trabajo, atentan contra el derecho al trabajo (Art. 25 de la Constitución Política de Colombia) “…en condiciones dignas y justas”.
Para SINPRO es de vital importancia estar al tanto de la aplicación de dicha norma y está preparado para asesorar jurídicamente a aquellos trabajadores que se vean afectados por este nuevo instrumento de la administración. De igual manera, las directivas de SINPRO estudian las medidas y acciones que se puedan adelantar, en el campo social, político y jurídico; para lograr establecer una ruta de trabajo que mejore las condiciones laborales de los trabajadores, la competitividad de la empresa y la recuperación de la gobernabilidad empresarial, por parte de Empresas Públicas de Medellín.
Preocupados por lo que hemos llamado construcción de un escenario “fatalible” (fatal pero posible), desde SINPRO hemos iniciado una serie de acciones dirigidas a los poderes ejecutivo y legislativo, que tienen la facultad de prevenir de forma definitiva el escenario de posición dominante y abuso de posición dominante en la industria de las TICs, en este caso por parte de Claro.
Por ello, hemos enviado comunicaciones al Presidente de la República, a los Ministros de Trabajo y de TICs, a los Superintendentes de Servicios Públicos Domiciliarios y de Industria y Comercio, a la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) y a las Comisiones Sextas de Senado y Cámara; con el fin de buscar que no se llegue a este escenario, que se producirá como efecto de acciones regulatorias, que buscando la libre iniciativa privada, impactarán el bien común.
Colombia ha crecido de forma significativa en el sector de las TICs. La puesta en marcha de una empresa como Colombia Móvil por parte de UNE y la ETB, dinamizó la telefonía móvil al reducir significativamente las tarifas y masificar el servicio; el empaquetamiento de servicios, hace unos, por parte de UNE, conocido como Triple Play, y la puesta en marcha de la tecnología 4G, también por parte de UNE, entre otros, han contribuido a ese crecimiento.
No obstante, próximas acciones regulatorias por parte del MinTIC, de la CRC y de las mencionadas Superintendencias, pueden crear los cimientos de abuso de posición dominante en la industria de las TICs por parte de una multinacional de capital privado extranjero, como Claro, situación que en otros países viene deteriorando la calidad de vida de sus habitantes y la competitividad de sus empresas, como en el caso de México.
Con la fusión de Comcel y Telmex, su participación en el mercado colombiano será cercana al 50%, lo que constituye un “Claro” monopolio. El artículo 333 de la Constitución Política de Colombia indica que "…el Estado, por mandato de ley, impedirá que se obstruya o se restrinja la libertad económica… y evitará y controlará cualquier abuso que personas o empresas hagan de su posición dominante en el mercado nacional".
Nuestras estimaciones acumuladas al año 2019, si se presentare este escenario “fatalible”, sería de 20 billones de pesos del capital estatal por la desaparición de UNE, ETB, EMCALI y la participación de la Nación en Telefónica, entre otros; 22 billones por ingresos tributarios (no realizar 3 megaproyectos de infraestructura para el aprovechamiento del TLC); 70 billones dejados de facturar por la ausencia de una dinámica competitiva en la industria y el aprovechamiento del TLC por parte de los operadores de Estados Unidos (menor crecimiento económico); 20 billones de pesos de inversión en actualización y expansión tecnológica (menor inversión extranjera directa).
Todo ello conlleva a la pérdida de más de 50 mil empleos directos (nómina, tercerización y consultorías) y unos 500 mil empleos indirectos (clúster de TICs y Operadores Virtuales de Telecomunicaciones), lo que alejaría la meta de un dígito, propuesta social importante para brindar oportunidades que disminuyan la concentración de riqueza y la pobreza en un país con todas las capacidades para transitar hacia el desarrollo.
Para SINPRO, es parte de su Responsabilidad Social Sindical Sostenible advertir de las consecuencias de actos normativos que deterioren la calidad de vida de los trabajadores y la viabilidad empresarial (si no hay empresa no hay trabajador, si no hay trabajador no hay sindicatos). Por este interés común seguiremos realizando todos los esfuerzos necesarios para evitar este escenario “fatalible”, que creemos, puede evitarse con la voluntad del Estado.
En reunión del 3 de agosto con el Gerente de EPM y el Presidente de UNE entregamos un documento, ampliamente sustentado, en el que se concluye que UNE EPM Telecomunicaciones S.A., por ser una empresa oficial descentralizada del orden municipal y con capital 100% público se rige por la Ley 734 de 2002 en lo referente a los principios rectores de la ley disciplinaria; y por la Ley 1341, que conservó disposiciones de la Ley 142 de 1994 (Ley de Servicios Públicos Domiciliarios), en lo referente a los procedimientos de contratación. Por lo tanto, los controles político, disciplinario y fiscal sobre la empresa deben ser ejercidos por el Concejo de Medellín, la Personería de Medellín y la Contraloría General de Medellín, respectivamente.
Por esos mismos días, la alta dirección de UNE venía ventilando imponer la sentencia C-338 (del Consejo de Estado) en los sujetos disciplinables esgrimiendo que la empresa se regía por el derecho privado. Nuestra posición jurídica sigue siendo que UNE es una filial de una empresa industrial y comercial del estado, que se rige por el artículo 94 de la Ley 489 de 1998 y, consideramos, que con todo esto se está perdiendo mucho tiempo en la discusión sobre el régimen jurídico frente a los entes de control y no se están haciendo los esfuerzos en pos de los objetivos estratégicos de la empresa, ni se está trabajando con suficiente vehemencia en los temas que efectivamente afectan la competitividad de la compañía, tales como: la falta de disciplina estratégica y el liderazgo para la gestión del negocio, a nivel interno; y la asimetría regulatoria, a nivel externo.
Simultáneamente, la empresa hizo público el nuevo Reglamento Interno de Trabajo de UNE, cuyo texto, en varios aspectos, va en contravía de la cultura organizacional, ya instalada, propiciando un mayor deterioro del clima laboral. Este Reglamento, que además de ir en contravía de algunos logros convencionales y del bienestar laboral del capital humano, genera un clima de zozobra, coerción e inestabilidad. Desde SINPRO venimos haciendo el análisis jurídico del Reglamento, con el fin de evitar que se cometan abusos en contra de quienes con su trabajo diario le dan valor a la compañía.
Hacemos un llamado urgente a la organización para que concentre sus esfuerzos en la atención de temas que están afectando la viabilidad empresarial y que no genere, intencionalmente o no, cortinas de humo mediante estrategias de gestión, especialmente del recurso humano. No es en las herramientas donde hay que poner el foco, la ley colombiana ofrece los suficientes elementos para dirimir cualquier situación de carácter laboral interno, dados por nuestra naturaleza; es sobre nuestro actuar estratégico y una mayor proactividad regulatoria la que reorientará el rumbo empresarial. Nuestro llamado se extiende también a que estos temas sean consensuados con las organizaciones sindicales y a no crear un pánico general innecesario con este tipo de acciones.
SINPRO frente a la asimetría regulatoria
Fiel a nuestra filosofía de aportar a la viabilidad y a la competitividad a largo plazo de las empresas, desde SINPRO hemos emprendido acciones concretas encaminadas a prevenir a los organismos del Estado acerca de la posibilidad de que se presente un escenario de abuso de posición dominante por parte de Claro en la industria de las TIC. Esto lo hemos realizado a través de comunicaciones en medios y cartas a la Presidencia, la Vicepresidencia y el Congreso de la República, a los Ministerios de Trabajo y de TIC, a las Superintendencias y a la CRC. Fruto de ello ampliamos nuestras apreciaciones ante la Superintendencia de Industria y Comercio, solicitadas por dicho ente.
En este contexto sentimos que venimos realizando un trabajo profesional, encaminado no sólo a evitar la participación de Claro en la licitación del espectro radioeléctrico, sino a la implementación de una Ley que regule la posición dominante en las TIC, con suficientes herramientas para sanciones fuertes en la violación de la Ley y con elementos de regulación asimétrica, que permita enderezar el campo de juego de los actores de la industria, para mejorar la calidad de vida de la población y la competitividad empresarial de Colombia.
En SINPRO, conscientes de la existencia de elementos que hoy afectan la eficiencia operativa de UNE; como son, entre otros, la visión de corto plazo, los costos de la burocracia, la tercerización de servicios esenciales de cara al cliente y la ausencia de la disciplina estratégica; realizamos un ejercicio para ofrecer alternativas de solución.
Creemos que la recompensa del trabajo bien hecho es la oportunidad de hacerlo cada vez mejor; por ello construimos propuestas concretas para UNE; la cual tuvimos la oportunidad de entregar al Gerente General de EPM y al Presidente de UNE, con quienes nos reunimos, con el único fin de coadyuvar a la solidez, crecimiento y competitividad de nuestra empresa de telecomunicaciones.
Entendemos y tomamos atenta nota de algunas voces que nos piden pronunciarnos emotivamente en escenarios mediáticos y sobre algunas circunstancias que rodean a UNE. No obstante, reiteramos, nuestro estilo es propender por la viabilidad empresarial y la mejora de la calidad de vida de los empleados; por ello, sólo nos pronunciamos cuando tengamos los elementos de juicio fundamentales para hacerlo, sin destruir valor ni generar oportunidades a nuestros competidores. Sabemos que los controles político, disciplinario y fiscal son ejercidos por el Concejo, la Personería y la Contraloría General de Medellín; y confiamos en que ellos tomen las medidas pertinentes y UNE retome su rumbo con la gobernabilidad de EPM, su casa matriz.
Por ahora, entregamos el producto del esfuerzo de nuestros Delegados y otros afiliados que han hechos sus aportes, en un documento que contiene:
Esperamos extender este ejercicio de cocreación a todos nuestros afiliados y que dichas propuestas y sugerencias tengan el eco suficiente en las administraciones de EPM y de UNE, pues no están basadas en simple creencias sino en análisis juiciosos por quienes han construido con amor y tesón el grupo empresarial EPM.
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