Sinpro

facebook twitter youtube

 

  • Inicio
  • Institucional
    • Quiénes Somos
    • Estatutos
    • Nuestros Principios
    • Nuestra Historia
    • Delegados
    • Junta Directiva
  • Servicios
    • Asesoría Legal
    • Afiliaciones
    • Desafiliaciones
    • Acompañamiento Psicológico
    • Fondo de Solidaridad SINPRO
  • Separador
  • Comunicaciones
    • Comunicado a los afiliados
    • Noticias
    • Periódico SINPRO
    • Boletines de Prensa
  • Contacto

Recomendaciones frente a nuevo plan de retiro voluntario en UNE

Imprimir Correo electrónico
Categoría: Comunicados 2026
Creado: Jueves, 09, Abril 2026 21:01
Escrito por EditorSINPRO
Visitas: 70

reubicación despido trabajadorFreepik.jpg

9 de abril de 2026

El día de hoy la administración de la empresa informó sobre la habilitación de un nuevo plan de retiro voluntario, esta vez con dos características diferentes al efectuado en octubre de 2024 y los siete de la última década: es abierto y con postulación libre, aunque establece un tiempo muy corto para la postulación, solo hasta este martes 14 de abril.

Desde SINPRO reiteramos nuestro desacuerdo permanente con cualquier hecho que pueda afectar negativamente a los trabajadores, pero también respetamos, tanto el pensamiento y las decisiones individuales de nuestros afiliados, como la autonomía administrativa.

Aunque de este plan se conoce poco, como organización sindical responsable, creemos que es nuestro deber contribuir con algunos elementos que posibiliten el análisis individual de los afiliados que estén considerando la opción de postularse a este plan de retiro, dadas las implicaciones para cada uno en materia laboral, profesional, económica, tributaria, emocional, familiar y pensional.

  •  - Nuestro servicio de asesoría legal está habilitado para atender posibles inquietudes que sobre este particular tengan los afiliados a SINPRO. En caso de requerir dicha asesoría, haga clic aquí.

 

  • - Cada caso es diferente al de los demás trabajadores por razones de salario, antigüedad, salud y condiciones de estabilidad laboral reforzada, entre otros.

 

  • - Cualquier liquidación debe hacerse con base en el salario promedio.

 

  •  - Al servidor le corresponde asumir el impuesto del cuatro por mil (0,4%) del valor de la suma de dinero contenido en su respectiva acta de transacción.

 

  • - Al cotizar como independiente, quien se acoja al plan, en adelante deberá asumir el pago total de los aportes en salud (12,5%) y en pensión (16%), y si la cotización se hace por encima de 4 smmlv, un aporte adicional del 1% de retención para el Fondo de Solidaridad Pensional.

 

  • - La Retención en la Fuente no es un impuesto sino un pago anticipado de éste. El impuesto a pagar se dará al presentar dentro de un año, en 2027, la Declaración de Renta correspondiente al año 2026, por lo tanto, el hecho de no hacer esa retención no significa que haya exención del pago.

  

  • - Si se encuentra en construcción del derecho pensional, se recomienda cotizar con el ingreso base de cotización (IBC) con el que lo venía haciendo, para no afectar el promedio con que se va a liquidar la mesada pensional. Para tener derecho a la pensión de vejez se deben considerar las exigencias del régimen al cual pertenece.

 

  • - Si el trabajador está afiliado al Departamento Médico o accede a la Proveeduría de EPM, al acogerse al plan de retiro, automáticamente queda por fuera de la cobertura de esos dos servicios.

Finalmente valoramos que, en esta ocasión, la empresa haya habilitado para los trabajadores que consideren esta alternativa, mecanismos de información y asesoría, antes de tomar una decisión trascendental en sus vidas.

SINPRO

Otra gran noticia: 127 créditos de vivienda para afiliados SINPRO

Imprimir Correo electrónico
Categoría: Comunicados 2026
Creado: Miércoles, 25, Febrero 2026 11:20
Escrito por EditorSINPRO
Visitas: 194

25 de febrero de 2026

Primera adjudicación del año: crédito de vivienda para 127 afiliados a SINPRO

Este año inició con pie derecho para el hogar de 127 de nuestros afiliados en la empresa, con la primera asignación de créditos a través del Fondo de Promoción a la Vivienda SINPRO-EPM, donde adjudicamos 102 préstamos por primera vez y 25 por segunda vez, por un valor total de $39.999 millones.

Este gran número de asignaciones se da gracias a la inyección de $22.000 millones al Fondo para 2026, conforme a lo pactado en nuestra Convención Colectiva de trabajo con EPM, y los pagos recientes realizados por los afiliados que ya disfrutan del préstamo.

Este crédito, que es el beneficio convencional más valorado por los servidores de la empresa, cuenta con una tasa del 4% efectivo anual, logro obtenido por SINPRO hace más de una década.

Con esta asignación, en los últimos 12 meses ha recibido este crédito un total de 307 de nuestros afiliados en EPM. Desde 2020 se han beneficiado 1.258 afiliados a SINPRO.

 

Tiempo para trámites

Los beneficiados cuentan ahora con seis (6) meses para acceder al respectivo desembolso, previa realización de las gestiones y trámites requeridos.

 

Montos de los créditos

El monto de los créditos de vivienda es de hasta 200 SMLMV ($350´181.000) para los créditos por primera vez y de hasta 100 SMLMV ($175´090.500) para los préstamos por segunda vez.

Es importante recordar, así mismo, que todos nuestros afiliados pueden acceder tanto a los préstamos por primera vez como a los de segunda vez, independientemente que ya posean vivienda.

SINPRO

Implicaciones de la venta de acciones de EPM en UNE

Imprimir Correo electrónico
Categoría: Comunicados 2026
Creado: Viernes, 06, Febrero 2026 16:56
Escrito por EditorSINPRO
Visitas: 209

6 de febrero de 2026

Implicaciones de la venta de acciones de EPM en UNE

La semana pasada culminó la venta de las acciones que EPM poseía en UNE, un camino iniciado en 2013 cuando el Concejo de Medellin de la época autorizó vender la mitad de las acciones y el control de la empresa.

Lo que acaba de suceder, la venta a Millicom de las acciones que poseía EPM E.S.P. en UNE EPM Telecomunicaciones S.A., no tiene ningún efecto jurídico frente a los trabajadores que allí laboran. Un cambio en la composición accionaria de una empresa –venta de acciones, ingreso de nuevos socios, salida de otros o incluso el cambio del accionista mayoritario– no implica un cambio de empleador respecto de los trabajadores que allí laboran.

Los accionistas de una sociedad no son los empleadores de las personas que allí laboran, y en este caso, el empleador sigue siendo UNE EPM Telecomunicaciones S.A., que muy seguramente reformará sus estatutos sociales para cambiar la razón social y al menos suprimir la sigla EPM.

En virtud de ello, podemos afirmar con total claridad:

  1. No existe sustitución patronal, toda vez que no ha habido cambio de empleador: la persona jurídica que funge como empleador sigue siendo la misma, conservando su NIT, su matrícula mercantil, su actividad, etc.
  2. Los contratos de trabajo, a los que se le incorporan automáticamente las cláusulas normativas de la convención –estabilidad, incrementos salariales, prestaciones extralegales, etc.– no sufren ningún cambio.
  3. Las convenciones colectivas de trabajo conservan su vigencia en todos sus términos, sin que pueda suprimirse ninguno de los derechos en ellas consagrados;
  4. El régimen legal de los trabajadores que laboran para UNE EPM Telecomunicaciones S.A. sigue siendo el contenido en el Código Sustantivo del Trabajo.

En síntesis, lo que cambió en la sociedad UNE EPM Telecomunicaciones S.A. fue la composición accionaria, lo que no modifica o cambia la relación laboral de los trabajadores con la Empresa.

Pueden estar seguros todos nuestros afiliados que, como lo hemos hecho a lo largo de nuestra historia, desde SINPRO estaremos atentos a cualquier acción o decisión que puedan afectarlos.

SINPRO

Tweets by SinproColombia

 

Servicios Públicos

  • EPM
  • UNE
  • ECOPETROL
  • ISA
  • ISAGEN
  • ANDESCO
  • ETB
  • Chec (Central Hidroeléctrica de Caldas)
  • Edeq ( Empresa de Energía del Quindio)
  • XM( Filial ISA)

Entidades Gubernamentales

  • Presidencia de la República
  • Ministerio de la Protección Social
  • Corte Constitucional
  • Ministerio de Minas y Energía
  • Senado de la República
  • Cámara de Representantes
  • Departamento Nacional de Planeación
  • CRC (Comisión de Regulación de Comunicaciones)
  • Superintendencia de Servicios Públicos
  • Gobernación de Antioquia
  • Alcaldía de Medellín
  • Asamblea de Antioquia
  • Concejo de Medellín
  • DANE
  • CEPAL
  • Creg (Comisión de Regulación de Energía y Gas)
  • DAFD (Departamento Administrativo de la Función Pública)

Organizaciones Sindicales

  • Pacto Global
  • SINTRAELECOL
  • SINTRAEMSDES
  • OIT
  • ONU Colombia
  • Acrip
  • CUT
  • CGT
  • Escuela Nacional sindical

Mapa del Sitio | Carrera 43a (Avenida El Poblado) # 17 - 106 Edificio Latitude - Oficina 705. PBX: (4) 4449767 | Sindicato de Industria de los Trabajadores Profesionales de las Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios, Complementarios y Conexos - Todos los derechos reservados © 2014 - Diseño y programación Interservicios s.a.s