En comunicación enviada al Gerente General de EPM, Juan Esteban Calle Restrepo, SINPRO expuso los argumentos legales que señalan que las encuestas de calidad de vida para evaluar el riesgo psicosocial en las empresas, solo pueden ser aplicados para el cumplimiento del objeto de la salud ocupacional, y que no contempla la evaluación y calificación del desempeño y desarrollo individual del trabajador.
A través de la misiva, en la que se resalta la utilización de herramientas de medición e indicadores para evaluar el desempeño del talento humano, cuyos resultados estén asociados a mecanismos de promoción y ascenso, se hace un llamado a la administración de la empresa a desligar las metas colectivas de riesgo psicosocial en los planes individuales de desempeño y desarrollo de 2012 y años subsiguientes, y se distribuya la ponderación atribuible a estas metas entre las otras existentes. Para ver el texto completo de la carta, haga clic aquí.
Servicios Públicos
Entidades Gubernamentales
Organizaciones Sindicales