SINPRO presentó Pliego de Peticiones a EPM

Categoría: Comunicados 2017
Creado: Martes, 29, Marzo 2016 15:13
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Edición 01

Para una nueva vigencia de la Convención

Esta mañana hicimos la denuncia legal de la Convención Colectiva de Trabajo vigente hasta el 31 de diciembre entre SINPRO y EPM, así como la entrega del Pliego de Peticiones a EPM para una nueva vigencia de los beneficios convencionales de nuestros más de 3.000 afiliados en EPM.

El pliego de peticiones, aprobado de forma unánime por la Asamblea de Delegados de SINPRO el 1° de diciembre, es producto de un profundo análisis de cada cláusula convencional; la necesidad de su evolución, modernización y adaptación a las nuevas realidades socioeconómicas y laborales; y los aportes realizados por 1.583 afiliados en EPM (53% de los afiliados en la empresa), tras encuesta efectuada entre los meses de septiembre y octubre. (Haga clic aquí para ver el Pliego de Peticiones de SINPRO a EPM)

A partir de la fecha, se cuenta con cinco (5) días hábiles para la instalación de la mesa de negociaciones. Una vez iniciadas las mismas, comienza la etapa de arreglo directo, cuya duración es de hasta 20 días calendario, los cuales podrán ser prorrogados de común acuerdo entre las partes hasta por otros 20 días calendario. En caso de no llegarse a un acuerdo en la etapa de arreglo directo, incluida la prórroga, el paso legal siguiente podría ser la solicitud al Ministerio del Trabajo de convocar a un tribunal de arbitramento.

Nuestra disposición histórica como Sindicato de Profesionales es la de buscar un acuerdo justo y equilibrado en el que se conjuguen el mejoramiento de la calidad de vida laboral y familiar de los trabajadores mediante la retribución de la Empresa al gran aporte que éstos hacen al desarrollo de su objeto social, y contribuir a la viabilidad y sostenibilidad de EPM como patrimonio público de los habitantes de Medellín.

Espere información oportuna del desarrollo de la negociación.

Para saber más…

¿Qué es la denuncia de la convención?

Es la manifestación escrita de una de las partes (o ambas) de dar por terminada la Convención Colectiva de Trabajo vigente, dentro de los 60 días anteriores a la expiración del término de la convención colectiva.

¿Qué es el pliego de peticiones?

Es el inicio de lo que se llama conflicto laboral y consta de la presentación de unas peticiones escritas (relacionadas con las condiciones de trabajo) para que se celebre una convención colectiva o se de cumplimiento a la ya pactada, con posibles modificaciones.

¿Qué pasa con los beneficios convencionales durante la negociación?

La actual Convención Colectiva de Trabajo entre SINPRO y EPM (2013-2016) estará vigente hasta que sea reemplazada total o parcialmente por una nueva convención o laudo arbitral (Art. 479 CST).

¿Cómo están protegidos los afiliados a SINPRO durante el conflicto laboral?

Existe una figura conocida como fuero circunstancial, que es un mecanismo de protección del que gozan los trabajadores, en este caso los más de 3.000 afiliados a SINPRO en EPM, que impide que el patrono los despida sin justa causa mientras dura el conflicto laboral (Art. 25 del decreto 2351 de 1965: “Los trabajadores que hubieren presentado al patrono un pliego de peticiones no podrán ser despedidos sin justa causa comprobada, desde la fecha de la presentación del pliego y durante los términos legales de las etapas establecidas para el arreglo del conflicto”).

Junta Directiva de SINPRO